MB DETECTIVES T.I.P. 1272 C.O.D.P.C.V. nº 37
SERVICIOS
Los Detectives Privados tienen un ámbito de actuación definido y licito, siendo su actividad exclusiva y excluyente.
Exclusiva porque solo puede ser desempeñada por Detectives Privados habilitados por el Ministerio de Interior, y excluyente, porque ninguna persona física o jurídica carente de habilitación puede desempeñar tal función.
La profesión de Detective Privado se encuentra regulada en España por la Ley 23/1992, de 30 de Julio, de Seguridad Privada, y por el Reglamento que la desarrolla, el Real Decreto 2364/1994 y por la Orden de Ministerio de Justicia e Interior de 7 de Julio de 1995.
En el art. 19 de la citada Ley, se regula las funciones del Detective Privado y dice en el apartado 1:
- Los Detectives Privados, a solicitud de persona física o jurídica, se encargarán:
a) de obtener y aportar información y pruebas sobre conductas y hechos privados.
b) de la investigación de delitos perseguibles solo a instancias de parte, por encargo de los legitimados en el proceso penal.
c) de la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.
Complementando lo anterior, el art. 101.2 del Reglamento establece:
- "a los efectos del presente articulo, se consideran conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y en general a la vida personal, familiar, o social exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o en lugares reservados."
Los servicios que MB DETECTIVES ofrece a sus clientes se dividen en varios apartados:
· ÁMBITO COMERCIAL Y FINANCIERO.
SERVICIOS
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